Ministro del Trabajo, Juan Carlos Jobet, señaló que los locales comerciales deben cerrar antes de las 23 horas, pues -de lo contrario- las empresas se exponen a multas de hasta $2,4 millones

Los empleadores pueden extender unilateralmente la jornada de trabajo hasta 2 horas diarias, durante 9 días, antes del 25 de diciembre, aunque deben pagar horas extra a los trabajadores en caso de adoptar estas medidas, especialmente en el comercio para las ventas navideñas.
El ministro del Trabajo, Juan Carlos Jobet, señaló que esta extensión sólo se puede llevar a cabo 15 días antes de la navidad, o sea desde el martes 10, añadiendo que los locales comerciales no deben estar abiertos más allá de las 23 horas.
fiscalizaciones
La autoridad encabezó las fiscalizaciones por horarios en el Centro Comercial Arauco Estación Central, donde explicó a los trabajadores el régimen de las jornadas durante estas fechas: «La Dirección del Trabajo hará respetar las jornadas y el derecho irrestricto a descanso de los trabajadores durante los días previos a la navidad».
La directora del Trabajo, María Cecilia Sánchez, indicó que las multas para las empresas que no cumplan esta normativa van desde $407 mil hasta $2,4 millones, si es que se excede el máximo de 45 horas semanales o si se sobrepasan las 2 horas extra al día.
FERIADOS
Jobet dijo que el 24 y 31 de diciembre son considerados feriados irrenunciables, por lo que el comercio deberá cerrar a las 20 horas de los días anteriores, excepto cines, restaurantes, farmacias de turno, bencineras, pubs y tiendas de conveniencia que elaboren comidas que se consuman en el lugar.
Las multas por no respetar el descanso del 25 de diciembre o 1 de enero van desde $203 mil hasta $815 mil por cada trabajador de la empresa.
LA NACIÓN