María Ester Feres, directora del Trabajo entre 1998 – 2004, realizó un análisis de las materias contempladas en el proyecto del Ejecutivo, asegurando que su contenido y alcance no permiten calificarlo como un desmontaje al plan laboral de José Piñera.

Por Pía Toro.

Es catalogada como una de las profesionales que más sabe de derecho laboral en el país. María Ester Feres, quien fue ex directora del Trabajo entre 1998 y 2004 (en los gobierno de Eduardo Frei y Ricardo Lagos) realizó un análisis de los contenidos y alcances de la reforma laboral.

Por su militancia PS se esperaría un análisis alentador de la iniciativa impulsada por el Ejecutivo; pero no es así. Por el contrario, la ex funcionaria es bastante crítica y en 136 láminas de presentación -para el Centro de Relaciones Laborales de la Universidad Central, donde actualmente se desempeña como directora- desarma y cuestiona los principales puntos de la iniciativa.

Algunas frases concluyentes de su análisis sostienen que: “Los contenidos y alcances del proyecto, tal cual ha sido presentado, no permiten calificarlo como un desmontaje (ni inicial ni gradual) del plan laboral (de José Piñera)”. “Analizada la integralidad de sus propuestas, se trata de un proyecto claramente pro empresarial y no pro sindical”.

En lo concreto, en el estudio Feres señala que se está haciendo una adaptación a la normativa surgida del plan laboral de 1979, y más que fortalecer la libertad sindical, la debilita. Todo este análisis, lo realiza precisando con una gráfica que Chile es uno de los países con menor cobertura de negociación colectiva, llegando sólo al 8%, pese a tener una tasa de sindicalización un poco más elevada de 14,6% (ver gráfico).

Precisa Feres a modo de corolario: “de no hacerle al proyecto modificaciones sustantivas, ésta saldrá, como ya ha pasado con las anteriores reformas, con mejoras de dudosa significación e importantes retrocesos”.

Derecho a huelga

Uno de los puntos que Feres cuestiona es el derecho a huelga y su definición de pacífica. El proyecto señala que la huelga es el último recurso que disponen las organizaciones de trabajadores para hacer valer sus reivindicaciones. En este contexto, la ex directora del Trabajo se pregunta: “¿Una pequeña confusión teórica entre “recurso” y “Derecho”?. El artículo 349 (Código del Trabajo) señala, sin que llegue a constituir definición, que la huelga es un derecho que debe ser ejercido colectiva y pacíficamente por los trabajadores. ¿Que alcance se le dará a la voz “pacífica”? ¿La calificación será hecha por Tribunales o por la Fuerza Pública? ¿No se le viola este derecho humano fundamental a todos (as) quienes no se encuadren en el estrecho marco legal?”, son algunas de las interrogantes planteadas por Feres.

Incluso indica que, aun cuando la huelga es permitida en la empresa, se generan múltiples nuevas formas de interferirla, particularmente con el establecimiento de “inéditas prácticas antisindicales” para las organizaciones y sus dirigentes; con las intervenciones de mediación de la Dirección del Trabajo (DT) -más allá de los buenos oficios- y con nuevas normas de arbitraje forzado. “¿No se trata -acaso- de nuevas formas de violación al principio de libertad sindical y de manifestaciones claras de la indeseabilidad del conflicto?”, se pregunta la ex DT.

De hecho, al analizar el fin del reemplazo en huelga, la especialista asegura que se está lejos de consagrar, ni en la empresa ni en el país, un efectivo derecho a huelga. “Con las modificaciones que se proponen (fin del reemplazo con servicios mínimos) se continuará con el sistema híper-heterónomo actual, en base sólo a una tutela legal, con derechos cada vez más nominales que reales”, denuncia.

En definitiva Feres sostiene que estas medidas, “no orientan ni pretenden generar una real capacidad de tutela sindical y colectiva, lo que la experiencia comparada demuestra sólo es posible a través de negociaciones colectivas ramales o sectoriales y con pleno respeto a los derechos fundamentales”.

La experta en derecho laboral, también sostiene que en el caso de los “servicios mínimos, el Gobierno no los acota a las recomendaciones de la OIT, y más bien “perfecciona el concepto de servicios esenciales del plan laboral”. Afirma que estos servicios propuestos son más bien “para no causar daño económico ni presionar al empleador, a pesar de ser la razón de ser de la huelga”.

Además Feres critica la nueva norma para la reanudación de faenas, que hoy es facultad de la Presidenta de la República, y que en el proyecto puede ser solicitado por el empleador o la Inspección del Trabajo al Tribunal de Letras del Trabajo.

Lo mismo hace con las nuevas sanciones a dirigentes sindicales por el uso de la fuerza física o moral durante el proceso de negociación colectiva. “¿Es que los autores del proyecto ignoran las distintas manifestaciones históricas de la huelga?”, se pregunta.

Adaptabilidad

“¿Qué razón justa y lógica podría justificar que tiempos absolutamente necesarios para la ejecución del trabajo convenido dejen de considerarse parte de la jornada ordinaria de trabajo, afectando significativamente la calidad de vida de las y los trabajadores? ¿No se estará con ello volviendo a incrementar el límite de la jornada ordinaria semanal, reducida legalmente recién en 2005?”, son algunos de los cuestionamientos que Feres hace a la posibilidad, plasmada en la reforma laboral de pactar jornadas laborales extras y banco de horas, tanto dentro o fuera de la negociación colectiva.

Esta norma, dice que está incorrectamente nominada como “flexibilidad pactada”, “nos llevará nuevamente a sorprender al mundo con inéditas concesiones al mundo empresarial”.

Interempresas

Respecto a las nuevas normas para la participación de los sindicatos interempresas, Feres también presenta reparos. “Con otra norma que, también, violentaría la libertad sindical al tener el efecto de inhibir el desarrollo de los sindicatos interempresas, se pretende modificar la representación de éstos en las empresas. Con el proyecto pierden la facultad de elegir delegados directamente por el sindicato, rebajándose además el número de ellos. Se refuerza también la negociación colectiva sólo en la empresa”, sostiene Feres.

Respecto a los procedimientos de la negociación colectiva cuestiona que se le otorgue derecho a negociar a los trabajadores por faena y transitorios, pero que los excluyan del derecho a fuero y huelga.