Asegura que las próximas indicaciones no cambiarán el espíritu del proyecto del Gobierno. Critica el paro del Registro Civil: «Generar un daño masivo y prolongado en los derechos de terceros no puede ser considerado parte de la libertad sindical».
Por Pierina Bertoni.
Ad portas de que el Gobierno ingrese un nuevo paquete de indicaciones al proyecto de Reforma Laboral la próxima semana, el subsecretario del Trabajo, Francisco Díaz, conversó con PULSO y aclaró los puntos que han generado más polémica, como los reparos de constitucionalidad que presentó la oposición a diversos artículos. También se refirió al paro del Registro Civil, que ya cumplió 32 días.
La oposición ha anticipado que recurrirá ante el Tribunal Constitucional (TC) por distintos artículos como el de los pactos de adaptabilidad, ¿cómo defiende este punto?
Efectivamente, nosotros establecimos exigencias de quórum para poder realizar esos pactos; se requerirá de un 30% de sindicalización en la empresa para que se puedan negociar, porque entendemos que los pactos son una institución nueva en el derecho chileno que puede permitir alterar las normas sobre jornada laboral. Por lo tanto, son un tema muy sensible que requieren de la protección, de que exista un sindicato fuerte en la empresa para que no se generen abusos en contra de los trabajadores.
La oposición señalaba que el problema es que el sindicato pondría el quórum…
Efectivamente, se preguntaban por qué habrá trabajadores que no puedan negociar pactos que le van a ser beneficiosos por no cumplir el quórum, versus otros trabajadores que sí van a poder pactar. Queremos proteger a los trabajadores a la hora de llegar a estos pactos y recordarle a los partidos de derecha que ellos mismos firmaron proyectos de ley en el pasado, como el estatuto agrícola o la ley de turismo, donde también existían normas de titularidad para realizar pactos, es decir, algunos trabajadores sí podían firmar pactos y otros no podían.
También se reclama inconstitucionalidad por la pérdida de libertad sindical, al no permitir la existencia de grupos negociadores…
Aquí estamos fijando por ley las modalidades y procedimientos de la negociación. ¿Por qué queremos eliminar los grupos negociadores? Porque la experiencia indica que los grupos negociadores se han prestado lamentablemente para generar divisionismo, paralelismo con las organizaciones sindicales y, en ningún caso, ha logrado aumentar la cobertura de la negociación colectiva.
¿Y eso no sería inconstitucional en términos de libertad?
Insisto, nosotros no estamos diciendo eso: aquí hay trabajadores libres de organizarse, pero en una organización estable que se llama en todas partes del mundo sindicato. Estamos privilegiando aquella organización y creemos que tanto el espíritu como la letra de la Constitución nos avalan en el proyecto de ley que hemos presentado.
En extensión de beneficios también se acusa inconstitucionalidad porque requerirá del mutuo acuerdo.
En extensión de beneficios estamos volviendo a un principio básico del derecho y es que los contratos se aplican entre las partes. Lo que hoy existe es lo anómalo, cuando el empleador unilateralmente puede extender los beneficios, y desde la época de la comisión de Patricio Meller en 2008 se identificó que aquí hay un serio problema de desincentivo a la sindicalización. Queremos volver a un principio básico, somos gente razonable, y nos hemos hecho cargo de algunas situaciones particulares, como por ejemplo que el reajuste a las remuneraciones sí sea considerado para toda la empresa; que puedan existir mejoramientos individuales producto de la capacidad, capacitación, o calificación de cada trabajador. Hemos hecho las calificaciones necesarias a casos especiales, y podemos seguir analizando aquello.
Quedan temas importantes por votar, como huelga, servicios mínimos y pyme, ¿prevén nuevas reservas de constitucionalidad?
Están, evidentemente, en su derecho de hacerlo. Pero a mi juicio recurrir de inconstitucionalidad sería admitir que no se puede seguir avanzando con la actual Constitución en derechos sociales o derechos para los trabajadores. Por tanto, políticamente sería un error por parte de la oposición, pero más que eso sería un mensaje para el país: “mire está Constitución no le sirve para avanzar”.
¿Sería un punto a favor para una nueva Constitución?
Insisto, el mensaje político es que ya no se puede seguir avanzando con la actual Constitución. También creo que hay un poco de soberbia en creer que la Constitución es de ellos (oposición) y de asumir que el Tribunal Constitucional (TC) manifestará una posición afín a sus intereses. Es común escuchar en los pasillos del Congreso a parlamentarios de derecha decir “ahora el TC es nuestro” y creo que eso le hace muy mal, no sólo a las instituciones en general, sino que a quienes defienden la actual Constitución.
En cuando al proyecto, ¿se mantiene la idea de diferenciar el quórum para constituir sindicatos por tamaño de empresas?
El proyecto que salió de la Cámara y las indicaciones presentadas al proyecto contienen muchas normas sobre Pymes, o más bien mypes, en el sentido de reconocer que es una realidad distinta, que los procedimientos tienen que ser diversos; que debe existir por ejemplo graduaciones en las multas; diferencias a la hora de solicitar información y de conformar los equipos negociadores; hay una serie de normas que dan cuenta de que son una realidad distinta y que aplicarles las mismas reglas que a la gran empresa podría terminar siendo gravoso para el funcionamiento de la Pyme y de la economía en general. Por lo tanto, esa óptica está, lo que no puede estar, evidentemente, es aquello que sea lesivo a los derechos de los trabajadores y hemos estado inmersos durante las últimas semanas en encontrar ese equilibrio.
¿Y ese es al caso de cambiar el quórum para formar sindicatos?
A partir del punto de que el Ejecutivo no presentó una indicación, es que no lo está colocando en el debate. Los parlamentarios lo han colocado, tienen que discutirlo y quienes han presentado esas indicaciones deben defenderlas y argumentarlas.
¿Y por qué no volver a lo que existía antes, de 20 trabajadores para formar sindicato?
Siempre colocar un número va a ser una decisión, podrían ser 20, podrían ser 19, podrían ser 21, 8 ó 7…lo relevante hoy es que los sindicatos se constituyen con 8, existen sindicatos que se crean y negocian, que después crecen y es algo que ya está sobre la mesa. Lo relevante es que quienes creen que se debe aumentar ese quórum argumenten el por qué, más allá de la discusión algo inoficiosa del número preciso.
En cuanto al reemplazo, ¿existirá una fórmula distinta a la que está en el proyecto ahora?
No. El Ejecutivo presentó indicaciones sobre la huelga y hemos dicho que uno de los avances de este proyecto es que impide el reemplazo de los trabajadores en huelga, que es un largo anhelo de los trabajadores; es un principio que está consagrado en múltiples legislaciones a nivel mundial y es evidente que permite que la huelga sea efectiva. Presentamos indicaciones para aclarar un punto que es necesario aclarar: el trabajador que no está en huelga es parte de su libertad sindical seguir trabajando, y señalar la manera como aquel trabajador sigue laborando, pero sin afectar el principio del no reemplazo en huelga.
Luego de la reunión que tuvo la Presidenta con distintos actores gremiales, ¿las indicaciones incorporarán temas de fondo o sólo redacción?
Nosotros siempre hemos dicho que estamos abiertos a perfeccionamientos, este es un proyecto complejo, son 150 y tantos artículos, por ende, siempre es posible introducir perfeccionamientos. Pero la Presidenta ha sido muy clara y nosotros lo hemos sido en el Senado: podemos hacer perfeccionamientos pero sin alterar las ideas matrices y el espíritu general de este proyecto.
¿Cómo esperan que sea la votación de los capítulos que quedan?
Hemos tenido como Nueva Mayoría (NM), hasta ahora, un récord de votaciones bastante favorables: logramos aprobarlo en la votación de la comisión de Trabajo de la Cámara, en la sala de la Cámara, ahora en la comisión de Trabajo del Senado, y en general en la sala del Senado. Por tanto, esperamos que todos los senadores de la NM y después si hay tercer trámite, los diputados, también apoyen este proyecto.
En cuanto al Registro Civil, ya empezaría la sexta semana de paro. ¿Juega en contra del espíritu que defiende la Reforma Laboral?
No corresponde mezclar situaciones distintas, con distinto estatuto jurídico y realidades en extremo diversas. Una paralización en un servicio público que atiende necesidades básicas o estratégicas para la población es evidentemente diferente a lo que puede ocurrir en una empresa privada. Pero lo que sí demuestra este episodio es la necesidad, correctamente recogida en la Reforma Laboral, de contar con un sistema de definición de servicios mínimos. Generar un daño masivo y prolongado en los derechos de terceros no puede ser considerado parte de la libertad sindical.
¿Cómo se puede garantizar que el país no se paralice con una huelga en el sector público, como ahora?
Por eso insistimos: un paro en un servicio público, que atiende monopólicamente necesidades básicas de amplios sectores de la población, debe contar con una regulación que genere certezas al Estado y a todos los ciudadanos. Estamos hablando de derechos básicos, de un eventual peligro a la vida, a la salud o a la seguridad de las personas. Existen estándares internacionales sobre lo que se denominan servicios de importancia trascendental y cómo se debe ejercer la huelga en tales circunstancias.