A los trabajadores que boletean, que se estiman en más de 900.000 personas, se les postergó la obligatoriedad de cotizar en las AFP para la Operación Renta de 2019. Así lo estableció la iniciativa legal del Gobierno, aprobada en el Congreso, la cual sumó otra novedad más inmediata: desde ya estos independientes pueden cotizar voluntariamente para estar protegidos si sufren cualquier a accidente laboral.

¿Por qué el cambio?

Ernesto Evans, presidente de la Asociación de Mutuales, explicó que antes el trabajador independiente estaba obligado a cotizar en una AFP para también poder hacerlo en una mutual -existen tres en el sector privado- o en el Instituto de Seguridad Laboral, que es del Estado. “Con esta ley eso ya no es obligación”, detalla.

¿Cuánto se cotiza?

Evans dice que la mayoría de los trabajadores independientes deben cotizar aproximadamente el 1% de la base imponible de sus ingresos mensualmente y que les puede subir esa prima cuando su actividad está más expuesta a sufrir un accidente, como un buzo submarino. “Pero los que boletean generalmente están en sectores como servicios, comercio o en el gobierno, donde deben cotizar un 1%. Pero alguien que trabaja en transporte, que tiene más riesgo, puede llegar a pagar una cotización de entre 2% y 3%”

Requisitos para afiliarse

“La mutual va a exigir que acredite ingresos, le pedirá las últimas seis boletas y con ellas le hará un promedio de su ingreso para poder calcular su cotización. Ahora no es necesario llevar el documento que cerifique que cotiza en una AFP”, comenta Evans.

 

Fuente: LUN