La ministra del Trabajo, Jeannette Jara, señaló al término de la votación que esperan que el proyecto sea analizado durante la primera semana de abril en la Cámara de Diputados (en tercer trámite) y que, por eso, ahora comenzarán un diálogo con los legisladores. El objetivo del gobierno es poder promulgar la nueva legislación el 1 de mayo, Día del Trabajo.
Un paso importante dio este martes el proyecto de ley que reduce la jornada laboral a 40 horas semanales. Esto porque el Senado lo aprobó por unanimidad de los presentes en la Sala. La iniciativa, que contó con el apoyo de 45 senadores, deberá pasar a un tercer trámite a la Cámara de Diputados.
Pero para lograr esta unanimidad en la sala del Senado, el Gobierno realizó una serie de indicaciones que modificaron en gran parte la moción original en 2018 por la en ese entonces diputada y actual ministra Camila Vallejo (PC) y Karol Cariola (PC).
El primer pack de modificaciones ingresó a fines de agosto del año pasado. Y luego durante el debate en la Comisión del Trabajo se fueron introduciendo nuevos ajustes con el objetivo de lograr el apoyo de la oposición. Y así fue porque a fines de enero y después de cinco meses, esa comisión la aprobó y despachó en su totalidad, con los votos a favor de la oposición representada por Luciano Cruz-Coke (Evópoli), Rodrigo Galilea (RN) e Iván Moreira (UDI) y de los oficialistas Loreto Carvajal (PPD) y Gastón Saavedra (PS).
El cambio más sustancial fue la incorporación de nuevas medidas de flexibilidad que apuntan a la posibilidad de que la jornada ordinaria de 40 horas se cumpla en un promedio de hasta cuatro semanas, con un máximo de 45 horas semanales. En caso que el trabajador sea sindicalizado, la empresa deberá contar con acuerdo del sindicato para implementar esta fórmula. De esta manera, se quiere relevar la titularidad sindical y que estos temas sean negociados de manera colectiva.
La ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, señaló al termino de la votación que esperan que el proyecto sea votado durante la primera semana de abril en la Cámara de Diputados y que por eso, ahora comenzarán un diálogo con los legisladores. El objetivo del Gobierno es poder promulgar la nueva legislación el 1 de mayo, Día del Trabajo.
En la Sala, previo a la votación, los parlamentarios realizaron intervenciones argumentando acerca de la iniciativa. En ese sentido, el senador Iván Moreira (UDI), miembro de la Comisión de Trabajo, señaló su disconformidad con ciertos aspectos que habrían quedado, bajo su punto de vista, fuera del proyecto. “No regula, por ejemplo, la jornada de los trabajadores regulados por el Estatuto Administrativo, o cómo mejorar la productividad de nuestras empresas, o cómo aumentar el número de trabajadores con contrato de trabajo”.
Pese a lo anterior, dijo, “hoy lo que importa es darle una buena noticia a los chilenos. Pero no es una buena noticia de la noche a la mañana, porque tiene un proceso que va, en el tiempo, a mejorar la calidad de vida de todos aquellos trabajadores y trabajadoras de nuestro país que serán beneficiados con este proyecto sin afectar el empleo (…). Vamos avanzando y yo valoro que este proyecto haya salido de la mejor manera y creo que va a ser útil para nuestra sociedad”.
Por su parte, el senador Daniel Nuñez (PC), quien fue uno de los impulsores del proyecto cuando era entonces diputado, señaló la serie de aspectos positivos que tiene, bajo su mirada, la iniciativa, destacando entre otras cosas que “tiene efectos económicos. Yo estoy seguro que esta reducción de la jornada puede ayudarnos a mejorar la productividad en Chile”.
Jornada promedio
El más sustancial de los cambios fue la incorporación de nuevas medidas de flexibilidad que apuntan a la posibilidad de que la jornada ordinaria de 40 horas se cumpla en un promedio de hasta cuatro semanas, con un máximo de 45 horas semanales. En caso que el trabajador sea sindicalizado, la empresa deberá contar con acuerdo del sindicato para implementar esta fórmula. De esta manera, se quiere relevar la titularidad sindical y que estos temas sean negociados de manera colectiva.
Bandas de horario
El proyecto incluye dos nuevos derechos para madres, padres y personas cuidadoras de menores de 12 años, como son bandas de horario para ingreso y salida del trabajo, y la posibilidad de compensar horas extraordinarias por hasta 5 días de feriado adicional. Todo esto debe ser de común acuerdo con el empleador.
Gradualidad
El gobierno estableció un mecanismo de implementación de cinco años. Así, si el proyecto, como lo quiere el gobierno, comienza a regir en mayo, la reducción a 40 horas se completará en mayo de 2028. De esta manera, en mayo de 2024 se llegaría a 44 horas, luego, en mayo de 2026, se pasaría a 42 horas y en mayo de 2028 a las 40 horas.
Jornada laboral de 4 días (conocida como 4×3)
Reconociendo la posibilidad de tener jornadas laborales de 4 días por 3 de descanso, ajustándose a las normas actuales que permiten jornadas diarias de hasta 10 horas.
Reducción del espacio para la aplicación del Artículo 22 del Código del Trabajo
Se acota las profesiones o labores que estarán sujetas al artículo 22. Con esto, el gobierno quiere evitar que existan actividades que por sí mismas priven de este derecho a los trabajadores.
El cambio que se hace es que ahora solamente queden en dicha condición quienes ejercen labores de alta gerencia dentro de una empresa, así como quien no esté sometido a fiscalización superior de acuerdo con la naturaleza de sus funciones.
Horas extraordinarias compensadas por días adicionales de feriado
Se da la posibilidad que por pacto escrito y de forma excepcional, una vez al año, las horas extraordinarias se compensen con 5 días de feriado en beneficio de los y las trabajadoras, permitiendo compatibilizar la vida personal y el trabajo.
Fiscalización asistida de la DT
Para favorecer el cumplimiento de la normativa laboral, otorgando la posibilidad de corregir irregularidades a aquellas mipymes que se sometan voluntariamente a fiscalización, lo que busca que las y los trabajadores gocen efectivamente de derechos laborales.
Jornada parcial (pasando de 27 horas a 30 horas)
La definición de la jornada parcial se desliga del guarismo de la jornada ordinaria, y se establece en 30 horas semanales.
Trabajadoras de casa particular (puertas adentro y afuera)
El proyecto establece que las trabajadoras de casa particular puertas afuera, no podrán exceder las cuarenta horas semanales la jornada. Adicionalmente, y con el fin de garantizar una reducción efectiva de la jornada, el régimen de 15 horas semanales de trabajo adicional, pagado como horas extraordinarias, se restringe solo a las trabajadoras en jornada parcial (30 o menos) y con un máximo de12 horas semanales.
En el caso de casa particular de puertas adentro, se propone agregar al actual régimen de jornada dos días mensuales de descanso adicional de libre disposición de las trabajadoras. Estos días podrán acumularse de común acuerdo hasta un período de tres meses, garantizando tiempo de descanso efectivo.
Jornadas excepcionales
Se podrán autorizar sistemas excepcionales, cuyo promedio máximo de horas semanales de trabajo no supere las 42 horas. En estos casos, los trabajadores tendrán derecho a días de descanso anual adicional en razón de la diferencia de tiempo que se produzca sobre 40 horas en cada caso, tratándose de casos excepcionales donde trabajadores y trabajadoras se desempeñan muchas veces en lugares apartados que impide se desplacen a sus hogares.
Gente de mar
El actual régimen de jornada de los trabajadores de esta categoría establece que cuando la nave se encuentre en operaciones el exceso de trabajo por sobre la jornada ordinaria deberá pagarse como hora extraordinaria. Este umbral, para el cálculo de jornada extraordinaria se ajusta a la reducción a 40 horas. Respecto del régimen de jornada que aplica cuando la nave está fondeada en puerto, actualmente en un máximo de 48 horas, se establece un régimen similar de pago de trabajo extraordinario para el exceso de trabajo por sobre 40 horas.
Jornada de tripulantes de cabina y vuelo
Se propone que, si las labores de período de servicio en tierra se desarrollan por siete días o más en el mes calendario, la jornada mensual no podrá superar las cuarenta horas en promedio semanal. Si las labores en tierra se extienden por un mes calendario, el promedio de horas ordinarias efectivas trabajadas no podrá exceder de 40 horas semanales.
Fuente: La Tercera
Fotografía: Senado