De manera unánime la Sala del Senado aprobó y despachó a tercer trámite el proyecto que adecua el Código del Trabajo al Convenio sobre el Trabajo Marítimo de la Organización Internacional del Trabajo «MLC 2006», promulgado en Chile en el año 2019.
Según explicó la presidenta de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, senadora Carolina Goic, el proyecto busca adecuar la normativa del Código del Trabajo, particularmente, en materias que dicen relación con el feriado anual, control de las horas de trabajo, descanso mínimo, y remuneraciones, del personal embarcado o gente de mar. Todo ello, sin ir en desmedro de las condiciones o beneficios ya adquiridos, lo que fue ratificado por el Subsecretario del Trabajo, Fernando Arab, durante la sesión.
Esta precisión fue hecha luego que el senador Alejandro Guillier planteara una inquietud de trabajadores del sector que lo llevó a presentar una indicación que más tarde retiró tras la precisión por parte del Ejecutivo.
Debate
En el debate intervinieron los senadores:
«Apoyo todas aquellas medidas a favor de los hombres que trabajan en el mar y comparto el objetivo del proyecto…debe quedar claro que además del feriado legal tienen derechos que han llegado con sus empresas»
«Lo que se busca es armonizar las normas…la vida de mar está sujeta a características únicas y en pleno siglo XXI es obligación adoptar y modernizar todo aquello que no esté al día»
«Es importante precisar que hay casos en que las actuales condiciones establecidas en el Código del Trabajo son más favorables a las de este Convenio y que se deben respetar»
«Entiendo que las disposiciones de este informe no tienen el propósito de disminuir los beneficios que ya existen y que acogerse al convenio internacional no significa perder beneficios ya adquiridos»
«Lo único en lo que tuvimos discrepancias en como distribuir el descanso. Me parece más lógico, repartir las horas de descanso en dos momentos que sean significativos»
«Voto a favor de este proyecto porque estamos frente a una mirada global. El proyecto de ley se hace cargo de una materia, estableciendo beneficios y dando certeza jurídica».
«Existen sindicatos que tienen negociaciones colectivas que exceden estos beneficios y es importante que quede establecido que deben ser respetados»
Proyecto
La iniciativa reconoce explícitamente el derecho de la gente de mar, previo a la firma de un contrato, de tener la oportunidad de examinarlo y poder ser asesorado sobre su contenido. Asimismo, señala las menciones que necesariamente deberán contener los contratos de embarco, tales como el lugar de nacimiento del trabajador; número de días de feriado anual; prestaciones de protección de la salud y de seguridad social que el armador ha de proporcionar al trabajador; y las condiciones de repatriación que, en su caso, se pacten.
También se impone la obligación de mantener una copia en inglés, del cuadro regulador de las jornadas de trabajo a bordo, cuando se trate de viajes internacionales; aumenta, de 8 horas continuas dentro de cada día calendario, a un mínimo de 10 horas dentro de cada período de 24 horas, el tiempo de descanso mínimo a que tienen derecho los oficiales y tripulantes de las Naves de la Marina Mercante Nacional; disponiéndose, además que las horas extraordinarias que se pacten no podrán exceder estos descansos bases.
En cuanto a remuneraciones, elimina la distinción entre oficiales y tripulantes, pasando todos a regirse por las normas generales sobre la materia, esto es que podrá fijarse por unidad de tiempo, día, semana, quincena o mes; y suprime la obligación que dispone que, en caso de los contratos firmados por viaje redondo, los sueldos se pagarán a su terminación.
Fuente: Senado