Desde el gobierno aseguran que la reforma tributaria tiene como uno de sus objetivos favorecer a las pequeñas y medianas empresas. Sin embargo, los expertos están divididos respecto de su impacto en este tipo de empresas.
Por Cristián Torres.
AMPLIO ha sido el debate en los últimos días respecto del impacto que tendrá la Reforma Tributaria en las Pequeñas y Medianas Empresas (Pyme). Según el gobierno, el proyecto presentado la semana pasada en el Congreso sólo entrega beneficios para este sector productivo, de hecho, el ministro de Hacienda, Alberto Arenas aseguró que “el 95% de las empresas que tributan en Chile, micro y pequeñas, quedan igual o mejor (con la reforma tributaria)”.
Sin embargo, la evaluación de algunos expertos tributarios es que las medidas planteadas a favor de las Pyme no tendrían un efecto tan positivo, incluso algunos aseguran que es “una reforma anti-pyme”.
En concreto, son seis aspectos que incumben a las Pyme y que, dependiendo desde la vereda que se mire, puede favorecer o perjudicar al sector.
Aumento del impuesto de primera categoría desde un 20% a un 25%
El proyecto de ley contempla aumentar el impuesto de primera categoría de 20% a 25% con gradualidad: desde el 20% a 21% el 2014; a 22,5% el 2015, a 24% el 2016 y a 25% el 2017. Este tributo seguirá operando como un anticipo de los impuestos personales, manteniéndose así la integración de gravámenes entre empresas y personas. Los dueños de las empresas deberán tributar por la totalidad de las utilidades de éstas y no sólo por las que retiran. De este modo, el nuevo sistema operará sobre la base de renta devengada. Esta medida será implementada a partir de la Operación Renta 2018.
A juicio de Jorge Hermann, director, Hermann Consultores, la reforma en su conjunto “es anti-Pyme”, dado que al subir el impuesto de primera categoría se le está quitando capacidad de financiamiento del capital de trabajo e inversión de las Mipyme.
Según el presidente de Conapyme, Rafael Cumsille, esto no es un tema que les preocupe de sobremanera. “A nosotros no nos preocupa mucho el alza del 20% al 25%, ya que va ir subiendo de forma gradual”, indicó.
Eliminación 14 bis y 14 quater
El proyecto propone derogar regímenes simpli?cados que han sido utilizados con objetivos de evasión y elusión del impuesto a la renta de empresas de mayor tamaño y que no se han traducido en beneficios significativos para las Pyme.
A juicio de Hermann, “alrededor de 200 mil empresas están acogidas hoy a los beneficios tributarios 14 bis y 14 quater, que lo que hace es fomentar y facilitar la reinversión de las Mipyme”.
En la misma línea, la abogada del programa legislativo de Libertad y Desarrollo, Natalia González, aseguró que no se observa claridad respecto del impacto que tendrá esta medida. Según explicó, el 14 bis permite al empresario Pyme no pagar impuesto de primera categoría por las utilidades de la empresa sino hasta que retira utilidades, en tanto que el 14 quater lo que hace es generar un tramo de venta exento, “entonces hoy las pequeñas empresas cuentan con mecanismos que les permiten o postergar o no pagar el impuesto de primera categoría, entonces no veo tan claro que las más de 130 mil Pyme que están el 14 quater y en el 14 bis en conjunto se vayan a ver beneficiadas por la reforma en las que sólo se les ofrece un 14 ter ampliado”.
Ampliación 14 ter
Esta medida que busca ampliar el límite de ventas que permite ingresar al régimen desde las actuales UF8.600 a UF25.000, es decir, de unos $200 millones a $600 millones anuales. Tiene una tasa fija de PPM igual a 0,25% de las ventas brutas mensuales y permite la deducción inmediata como gastos de las inversiones y los inventarios.
Según el proyecto, esta iniciativa busca compensar la eliminación del 14 bis y el 14 quater, sin embargo, los expertos critican que los cambios no son sustanciales respecto de lo que hoy existe.
Para, Christian Aste, abogado tributario de AVL abogados, el 14 ter no tiene ningún beneficio porque “se tributa igual, la única diferencia es que les permite aplicar un 0,5% de los ingresos, que es un porcentaje mínimo dado que igual tributan con base devengada”.
En tanto, para Jorge Hermann, la ampliación del 14 ter “es una simplificación administrativa en el margen para la Pyme, porque igual se hace necesario la utilización de un contador”.
Depreciación Instantánea
Según el gobierno, la principal medida pro-inversión está referida a mejorar los mecanismos de depreciación del activo fijo de las empresas; en el caso de las empresas pequeñas y micro la depreciación instantánea será desde el primer año. Las medianas y grande, en cambio, podrán acceder a este mecanismo sólo por un período de 12 meses a partir de la publicación de la ley.
Según Jorge Hermann, la depreciación acelerada no tiene incidencia en más del 65% de las empresas de este país, tales como Comercio, Servicios Empresariales, Servicios Financieros y Restaurantes, que según las encuestas disponibles sobre empresas muestran que realizan poca inversión en capital en el tiempo.
En tanto, para Christian Aste, el tema es complejo porque además se excluirá a los leasing: “Muchas de las empresas chicas no compran los activos por problemas de financiamiento, sino que los adquieren por leasing y, por tanto, todo ese sistema no les va a servir”.
Visión diferente tiene el abogado Francisco Lyon, de KPMG. “La depreciación instantánea no perjudica a las Pyme, podrá discutirse cuánto beneficia, pero eso es distinto”.
Rebaja en la Tasa del Impuesto de Timbres y Estampillas
El proyecto de ley contempla aumentar el impuesto de Timbres y Estampillas en el plazo de 2 años, desde el actual 0,4% a 0,8%, a fin de que opere como un sustituto del IVA a los servicios financieros. Según el ministro de Hacienda, esto no afectará a las empresas de menor tamaño, las que pueden -de conformidad al artículo 3° de la ley N° 20.259- descontar lo que paguen o devenguen con cargo a este impuesto de sus pagos tributarios de IVA, permitiéndoles reducir considerablemente el costo de sus operaciones de financiamiento.
Según la abogada de LyD, Natalia González, cuando se dice que timbre y estampillas no le pega a las Pyme, “de partida le va a pegar a toda la Pyme que no está acogida a la ley y las que estén, hay que preguntarse cuántas son. La frase de que no les impacta parece muy generalista si es que no sabemos la cifra”, sostuvo.
Similar percepción tiene Francisco Lyon, “obviamente que un alza de impuesto de esta naturaleza no favorece a nadie”.
Para Rafael Cumsille, el tema preocupa en Conapyme, “por cierto que nos preocupa el alza del impuestos de timbre y estampillas, ya que es un costo mayor y desde luego a las empresas de menor tamaño puesto que requieren de muchas operaciones financieras”.
Cambio del sujeto del IVA
El proyecto introduce un cambio del sujeto en el pago del IVA que beneficiará a las empresas de menor tamaño. Esto signi?ca que las grandes empresas que realicen compras a plazo a sus proveedores, serán las responsables de pagar una proporción del IVA de dichas operaciones. Las grandes empresas, con ventas por más de UF100.000 asumirán como sujeto pagador de este tributo, cuando lo determine el SII.
Según Jorge Hermann, el cambio del sujeto del IVA no es la solución, cuando existen compradores que podrían tener cierto poder de mercado y así lo muestra la experiencia de otros país como España, la solución es potenciar el Sello Pro-Pyme del Ministerio de Economía.