Cuarta Sala acogió recurso:

Dice que se debe aplicar la ley tal como se hace cuando la decisión la toma el empleador, y dispuso cancelar, además, las remuneraciones.

Por CINTHYA CARVAJAL.

La Cuarta Sala de la Corte Suprema acogió un recurso de unificación de jurisprudencia y determinó que las acciones de «autodespido» se asimilan al del despido del empleador, cuando este último incurre en «incumplimiento grave de las obligaciones» que le impone el contrato de trabajo, al no haber pagado oportunamente cotizaciones previsionales y de salud.

La decisión fue adoptada por los ministros Gloria Ana Chevesich, Carlos Aránguiz y Andrea Muñoz, los que admitieron la demanda presentada por un trabajador de la inmobiliaria Santa Martina.

El máximo tribunal determinó que en este caso hubo una modalidad de despido y no una renuncia, porque el empleador incurrió «en alguna de las causales contempladas en los números 1, 5 ó 7 del artículo 160 del Código del Trabajo, esto es, cuando ejerce la acción destinada a sancionar al empleador que con su conducta afecta gravemente sus derechos laborales, podría estimarse que equivale al despido disciplinario (…) es técnicamente desde el punto de vista laboral una modalidad de despido, y en ningún caso una renuncia», dice el fallo.

Agregan que el trabajador, en el «autodespido», puede reclamar que el empleador no ha efectuado el pago íntegro de las cotizaciones previsionales.

Por lo mismo, se condenó a la empresa a pagar $370.625, por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo; se acogió la nulidad del despido -indirecto- y a pagar las remuneraciones y demás prestaciones entre la fecha del despido y la de la convalidación.

La decisión se adoptó con el voto en contra de los abogados Ricardo Peralta y Arturo Prado, quienes fueron de opinión de rechazar el recurso de unificación, ya que la sanción prevista en la ley «no se aplica al caso del despido indirecto».

CAMBIO

Con esta decisión cambió la jurisprudencia que existía en la Cuarta Sala hasta 2013.

Este año ya había salido un fallo en esta misma línea, pero con otra integración.