El día miércoles 17 de junio se votó el proyecto de Reforma Laboral en la sala de la Cámara de Diputados y la próxima semana continua su discusión en el Senado. Durante todo el debate un importante número de dirigentes sindicales estuvimos presenciando y escuchando las opiniones de los diputados en una jornada donde la dirigencia mantuvo la calma a pesar de las provocaciones de algunos parlamentarios de derecha.
Quiero informar a ustedes los cambios que se aprobaron.
El sindicato es el único sujeto de la negociación colectiva reglada y no reglada.
Se eliminaron los grupos negociadores en las empresas donde exista sindicato y estos grupos solo podrán existir en aquellas donde no exista organización sindical y solo harán convenio colectivo.
Los trabajadores con convenios colectivos vigentes podrán afiliarse al sindicato y así negociar todos juntos más allá de la fecha de vencimiento de estos convenios.
Los trabajadores podrán afiliarse al sindicato hasta el décimo día después de presentado el proyecto de negociación colectiva.
El proyecto de negociación se deberá presentar entre 60 y 45 días entes del vencimiento del contrato colectivo vigente.
Se sancionará como práctica antisindical extender los beneficios del sindicato a trabajadores que no participaron en la negociación.
A los trabajadores no afiliados al sindicato se les podrá extender los beneficios solo de común acuerdo entre el sindicato y la empresa y éstos deberán pagar la totalidad de la cuota sindical.
Los sindicatos interempresa podrán negociar de manera reglada en cada empresa si cuentan con el mismo quórum exigido para constituir sindicato.
Se elimina el descuelgue y reemplazo de los puestos de trabajo durante la huelga.
Se establece que el sindicato debe proveer los servicios mínimos y turnos de emergencia durante la huelga.
Se eliminan del Código del Trabajo las materias que sancionaban a los dirigentes sindicales con desafuero y los que criminalizaban la acción sindical.
Se establece que el piso para la respuesta a la negociación colectiva no podrá ser inferior a lo que los trabajadores tenían ganado en la negociación anterior.
Se excluye del piso la reajustabilidad pactada.
Se establece la obligatoriedad de la empresa de entregar al sindicato la información necesaria para la negociación colectiva, incluyendo balances, planillas de remuneraciones entre otras.
Se establecen pactos de adaptabilidad laboral que tienen relación con banco de horas extraordinarias, acuerdos sobre turnos y jornadas.
Estos son los temas más relevantes que se acordaron en la Cámara y esperamos en el Senado mejorar este proyecto.
Mientras no termine el trámite definitivo en el Parlamento no podemos dar un juicio de valor sobre éste pero hasta el momento se puede apreciar un avance aunque están pendientes los temas referentes al piso de respuesta, los servicios mínimos y sacar los pactos de adaptabilidad de la negociación colectiva y seguir impulsando la negociación supra empresa.
Arturo Martínez M.
Secretario General – CUT