El lunes se tomó razón y quedó listo para su publicación en el Diario Oficial de hoy el reglamento de la Ley de Fármacos, norma aprobada en 2014 y que regula distintos aspectos de la dispensación de medicamentos en farmacias.

Entre los puntos esenciales sobre los cuales tendrá efecto está la venta por unidades en los locales, así como en góndolas cuando los productos no requieran de receta médica. En ambos casos, la norma la considera «facultativa», es decir, cada local podrá disponerla o no.

El retraso en la tramitación de este reglamento fue uno de los argumentos de parlamentarios de Chile Vamos para acusar constitucionalmente a la ministra de Salud, Carmen Castillo, libelo que la Cámara de Diputados votará el miércoles.

La nueva normativa regula también la disposición referida a los precios de los productos. Obliga a que todos los fármacos tengan en sus cajas el valor del mismo, como también que cada farmacia cuente con sus precios en un formato de fácil entendimiento para el usuario, como, por ejemplo, un computador.

Respecto de otros ítems que originalmente estaban en el reglamento, Salud decidió no persistir y convertirlos en indicaciones a la llamada «Ley de Fármacos 2», cuyas indicaciones serán presentadas el lunes al Congreso.

Entre ellas, la norma referida a la intercambiabilidad de la receta. Esto es, que cuando una receta sea por el producto original, pero haya un genérico bioequivalente, el personal farmacéutico pueda ofrecer este último.

El subsecretario de Salud Pública, Jaime Burrows, explicó que varias de estas disposiciones entrarán en vigencia de inmediato. Otras, como las referidas a las góndolas y a los listados de precios, serán implementadas gradualmente.

 

Fuente: El Mercurio